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Guía paso a paso

Declaración anual: quién la presenta y cómo pedir tu devolución

Lo que tienes que saber para la declaración de abril de 2027 del ejercicio 2026: si estás obligado, qué deducciones te sirven y cómo recuperar tu saldo a favor.

Actualizado: 29 de septiembre de 2026 Fuente: SAT: declaración anual de personas físicas Compartir por WhatsApp

Quién debe presentarla

Si solo tuviste un sueldo menor a $400,000 de un único patrón, no estás obligado, pero puedes declarar para recuperar un saldo a favor.

Deducciones personales

DeducciónRequisito
Médicos, dentistas, psicólogos y nutriólogosFactura y pago con tarjeta o transferencia
Gastos hospitalarios, lentes y análisisFactura; lentes hasta $2,500 por persona
Colegiaturas (preescolar a bachillerato)Con tope anual por nivel
Intereses reales del crédito hipotecarioConstancia del banco o Infonavit
Aportaciones voluntarias al retiroHasta el 10% de tus ingresos
Primas de seguro de gastos médicosFactura
Gastos funerarios y donativosFactura; donativos a donatarias autorizadas

El total de deducciones personales tiene un tope: 5 UMA anuales (unos $214,000 para el ejercicio 2026) o el 15% de tus ingresos, lo que sea menor. Las colegiaturas y las aportaciones al retiro tienen su propio límite.

Cómo presentarla, paso a paso

  1. Entra a sat.gob.mx con tu RFC y contraseña o e.firma.
  2. Abre la declaración anual de personas físicas del ejercicio 2026: ya viene precargada con tus sueldos y retenciones.
  3. Revisa tus deducciones personales: el SAT muestra las facturas que recibió y puedes quitar o agregar.
  4. Si te sale saldo a favor, elige devolución y escribe tu CLABE a 18 dígitos, a tu nombre.
  5. Envía y guarda el acuse. Las devoluciones automáticas suelen llegar en pocos días.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se presenta la declaración anual?

Las personas físicas la presentan del 1 al 30 de abril del año siguiente. La del ejercicio 2026 se presenta en abril de 2027.

¿Necesito e.firma?

Puedes presentarla con tu contraseña. Para pedir devoluciones de más de $10,000 necesitas e.firma.

¿Qué pasa si no la presento?

Si estabas obligado, el SAT puede cobrarte multas. Si no estabas obligado, solo pierdes el saldo a favor que podrías recuperar.

¿Puedo corregirla después?

Sí, puedes presentar declaraciones complementarias para corregir errores.

Fuentes: SAT: declaración anual de personas físicas · Ley del ISR, arts. 150 y 151.