Declaración anual: quién la presenta y cómo pedir tu devolución
Lo que tienes que saber para la declaración de abril de 2027 del ejercicio 2026: si estás obligado, qué deducciones te sirven y cómo recuperar tu saldo a favor.
Quién debe presentarla
- Asalariados que ganaron más de $400,000 en el año.
- Quienes trabajaron para dos o más patrones al mismo tiempo.
- Quienes dejaron de trabajar antes del 31 de diciembre.
- Quienes tuvieron otros ingresos: honorarios, rentas, actividad empresarial, intereses altos o venta de bienes.
- Quienes recibieron indemnizaciones, jubilaciones o pensiones por encima de lo exento.
Si solo tuviste un sueldo menor a $400,000 de un único patrón, no estás obligado, pero puedes declarar para recuperar un saldo a favor.
Deducciones personales
| Deducción | Requisito |
|---|---|
| Médicos, dentistas, psicólogos y nutriólogos | Factura y pago con tarjeta o transferencia |
| Gastos hospitalarios, lentes y análisis | Factura; lentes hasta $2,500 por persona |
| Colegiaturas (preescolar a bachillerato) | Con tope anual por nivel |
| Intereses reales del crédito hipotecario | Constancia del banco o Infonavit |
| Aportaciones voluntarias al retiro | Hasta el 10% de tus ingresos |
| Primas de seguro de gastos médicos | Factura |
| Gastos funerarios y donativos | Factura; donativos a donatarias autorizadas |
El total de deducciones personales tiene un tope: 5 UMA anuales (unos $214,000 para el ejercicio 2026) o el 15% de tus ingresos, lo que sea menor. Las colegiaturas y las aportaciones al retiro tienen su propio límite.
Cómo presentarla, paso a paso
- Entra a sat.gob.mx con tu RFC y contraseña o e.firma.
- Abre la declaración anual de personas físicas del ejercicio 2026: ya viene precargada con tus sueldos y retenciones.
- Revisa tus deducciones personales: el SAT muestra las facturas que recibió y puedes quitar o agregar.
- Si te sale saldo a favor, elige devolución y escribe tu CLABE a 18 dígitos, a tu nombre.
- Envía y guarda el acuse. Las devoluciones automáticas suelen llegar en pocos días.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se presenta la declaración anual?
Las personas físicas la presentan del 1 al 30 de abril del año siguiente. La del ejercicio 2026 se presenta en abril de 2027.
¿Necesito e.firma?
Puedes presentarla con tu contraseña. Para pedir devoluciones de más de $10,000 necesitas e.firma.
¿Qué pasa si no la presento?
Si estabas obligado, el SAT puede cobrarte multas. Si no estabas obligado, solo pierdes el saldo a favor que podrías recuperar.
¿Puedo corregirla después?
Sí, puedes presentar declaraciones complementarias para corregir errores.
Fuentes: SAT: declaración anual de personas físicas · Ley del ISR, arts. 150 y 151.